Las casas y agencias de cambio deberán mantener una responsabilidad patrimonial computable mínima -definida como el patrimonio neto menos los aportes pendientes de integración- de 10 millones de pesos en el caso de las casas de cambio, y de 5 millones de pesos en el caso de las agencias.
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Establecen en 10 millones de pesos el patrimonio mínimo de las casas de cambio
Así lo dispuso el Directorio del Banco Central de la República Argentina dispuso, a través de la Comunicación A 6850.
Las firmas del sector deberán constituir una garantía no inferior al 10% de la exigencia de capital que les corresponda.
El incumplimiento de capitales mínimos o de la garantía dará lugar a la suspensión por 60 días corridos de la autorización para funcionar.
De esta forma, el BCRA repuso la norma derogada durante el Gobierno de Mauricio Macri tras la eliminación de los controles cambiarios impuestos en la administración de Cristina Fernández de Kirchner.
La norma dispuesta a las casas y agencias de cambio comienza a regir a partir del 31 de marzo próximo.