El impuesto a las Ganancias para la Cuarta Categoría alcanza a trabajadores en relación de dependencia o en forma independiente que superan un determinado monto de ingresos, un tributo que la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, pidió que se suba el mínimo no imponible.
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Puntos principales de la cuarta categoría de "Ganancias"
En el personal en relación de dependencia el empleador actúa como agente de retención y responsable del depósito del impuesto, que tiene la obligación de retener, depositar al fisco, exponer la documentación ante requerimientos de la AFIP y confeccionar el formulario F 649 al finalizar el año fiscal o la relación laboral.
Por su parte, el empleado debe presentar al empleador el formulario 572 con el detalle de las cargas de familia, y los conceptos a deducir a los fines de determinación del impuesto.
En 2019 los empleados empiezan a tributar Ganancias a partir de un sueldo neto anual de $497.924,13, y el sueldo mensual promedio es de $38.301,86.
En tanto, los autónomos pagarán el impuesto desde un ingreso neto de gastos de $16.729,48 por mes, y la ganancia no imponible subió este año a $85.848,99 anuales.
La deducción especial para asalariados en relación de dependencia aumentó este año a $412.075,14, en tanto que la deducción especial para autónomos se incrementó a $171.697,97.
Por su parte, la deducción especial nuevos profesionales y emprendedores es 2,5 veces la ganancia mínima no imponible, y para 2019 subió a $214.622,47.
Las cargas de familia para 2019 son cónyuge, que aumentó a $80.033,97 para 2019, y sólo se puede deducir al marido o la esposa si se está casado/a y si no tienen ingresos mayores a $85.848,99 anuales.
Sólo se pueden computar los hijos hasta 17 años cumplidos (incluye el mes que cumplan 18), y el monto por cada uno subió en 2019 a $40.361,43 anual.
Se pueden deducir remuneraciones y contribuciones obligatorias de empleados de casas particulares hasta el equivalente a la ganancia no imponible, y para 2019 el tope es de $85.848,99 al año.
Respecto de los alquileres, se puede descontar el 40% del monto pagado por la casa donde vive quien paga el impuesto, siempre que no tenga inmuebles a su nombre ni tribute Bienes Personales, y el máximo a deducir es de $85.848,99 en 2019.
En cuanto a intereses de créditos hipotecarios se puede deducir hasta $20.000 al año, siempre que sea de vivienda única, y en cuanto a seguros de vida (titular y familiares a cargo), en 2019 se actualizó el monto anual a $12.000.
En la reforma tributaria de diciembre de 2017 se incluyeron los seguros de retiro pero recién se pueden deducir desde este año, con un tope anual de $12.000, al igual que el seguro de vida.
Fuente: Telam