La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los parámetros para el pago de anticipos del período fiscal 2019 de los impuestos a los Bienes Personales y de Ganancias de Personas Humanas.
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Nuevos parámetros para anticipos de Ganancias y Bienes Personales
Las claves están incluidas en las resoluciones generales 4522 y 4524 publicadas en el Boletín Oficial.
En el caso de Bienes Personales por disposición de la Reforma Tributaria sancionada en 2018, ya no se contabilizará para el pago el valor de la casa- habitación de los contribuyentes, hasta $18 millones.
En el caso de Ganancias, los anticipos a cuenta del gravamen se calcularán y registrarán en el sistema de cuentas tributarias, como es usual, a partir de la base imponible correspondiente al período fiscal 2018, pero tomando las deducciones y escala del impuesto vigente para el periodo fiscal 2019 que es actualizada por el índice RIPTE.
Más detalles en: https://bit.ly/32sySzl y https://bit.ly/2GbAm7v
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