La Administración Federal de Ingresos Públicos realizó el miércoles una aclaración sobre los alcances de la norma relacionada a los contratantes de estos trabajadores bajo relación de dependencia, al señalar que además de los 500 mil pesos de ingresos brutos anuales, es necesario que tributen el impuesto a los Bienes Personales.
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AFIP apeló a una fe de erratas en el tema contratación de personal doméstico
La medida fue dispuesta por la resolución 3492 mediante la cual el organismo apunta ablanquear situaciones y relaciones laborales que hasta ahora están al margen de la ley.
Por esto, el director de la AFIP, Carlos Sánchez, aclaró que "estos son sólo indicios de que pueda haber algún tipo de prestación de servicios personales que no están blanqueados, lo cual no quiere decir que tendrán que demostrar que hay relación de dependencia. Nosotros haremos la investigación".
La norma establece como fecha tope para registrar a los empleados en casas de particulares hasta el 30 de junio. El plazo extensivo se debe a que el dador de trabajo debe estar inscripto como tal en la AFIP y aún no está vigente el sistema para dicha inscripción.
La obligación de registrarse proviene de la ley que otorga más derechos al personal de casas de familia y que establece que el sistema de registro de empleadores y empleadas entrará en vigor el 3 de junio, en tanto que, en el caso de relaciones existentes al 31 de mayo, habrá plazo para la inscripción hasta el 30 de junio.