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Inflación: advierten a empresas que no ajusten balances indebidamente

12 de marzo de 2019 - 15:52

AFIP comenzará a advertir masivamente a los grandes contribuyentes a partir de hoy que serán exhaustivamente fiscalizados por el organismo si intentan presentar los balances impositivos del ejercicio 2018 ajustados por inflación, para provocar una discusión en la Justicia.

En la carta, el organismo advierte a los contribuyentes que la utilización del ajuste por inflación impositivo sin respetar los parámetros legales los coloca dentro de las fiscalizaciones prioritarias del Plan Anual de Fiscalización de la AFIP, diseñado para este año.

El ajuste por inflación impositivo previsto en la Ley del Impuesto a las Ganancias sólo puede aplicarse si se superan los parámetros legalmente previstos, subraya Dolores Olveira en un anota para cronista.com.

Para el primer ejercicio iniciado en enero de 2018, este requisito implica una variación del 55% del índice de precios al consumidor nivel general (IPC), recuerda la carta de AFIP.

El revalúo representa una alternativa válida al ajuste por inflación impositivo, prohibido por la ley, remarca la misiva, y recuerda que la empresa dispone hasta el 29 de este mes para revaluar a efectos impositivos los bienes de uso afectados a la generación de ganancia de fuente argentina.

Esta opción implica la posibilidad de actualizar el valor de los activos mejorando su posición patrimonial en los estados contables, insiste la AFIP.

Si bien el revalúo exige el desembolso de un impuesto especial, reconoce la carta, advierte que "no deben soslayarse las mejoras en términos financieros que podrían producirse tanto por las mayores amortizaciones a computar en la liquidación impositiva, como en la posible realización de los activos revaluados".

Mientras que el ajuste por inflación del balance impositivo con vistas a la recaudación del Impuesto a las Ganancias sigue prohibido, el Gobierno habilitó a fines del año pasado la indexación del balance contable.

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Esto se debió a que en junio pasado los organismos internacionales que nuclean a los auditores de las multinacionales declararon a la economía argentina hiperinflacionaria por haber superado el parámetro de 100% de inflación en tres años.

Según las normas internacionales de contabilidad, esa situación obliga a las empresas a presentar los estados financieros reexpresados en moneda constante.

Ante esta realidad, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas dictó normas contables que preveían el ajuste optativo desde julio y obligatorio desde diciembre de 2018. El Consejo Profesional porteño adhirió a las respectivas resoluciones técnicas de la Facpce.

Esas normas técnicas, sin embargo, chocaban con un decreto que prohibían a los entes oficiales aceptar balances ajustados por inflación, la Inspección General de Justicia (IGJ) para las sociedades en general y la Comisión Nacional de Valores (CNV) para las que cotizan en Bolsa ya aprobaron sendas resoluciones habilitando la presentación de los estados financieros reexpresados en moneda constante.

Pero en el caso de los bancos, las ganancias que vienen mostrando podrían revertirse dramáticamente si sus balances se ajustan por inflación, por lo que el Banco Central sólo emitió una circular tirando para adelante la posibilidad de la reexpresión de los estados contables en el sector financiero.

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