Mediante un documento interno, la cúpula de la UIA señaló que en la ley impulsada por el Gobierno "solamente hay cambios a favor del fisco y de ampliar sus facultades".
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Industriales criticaron ciertos aspectos de la reforma tributaria
En lo que refiere a la Ley de Procedimientos fiscales, la central fabril remarcó: “todo parece indicar que solamente hay cambios a favor del fisco y de ampliar sus facultades. No se aprovechó para borrar disposiciones de la ley inconstitucionales”.
“Se regulan sanciones de clausura sin proceso previo y, ampliando los supuestos que la generan; se dejan fuera de la tutela del secreto fiscal mayores supuestos; se tipifican nuevos hechos de infracciones fiscales; se amplían las facultades de juez administrativo en materia penal en clara oposición a los decisorios de la Corte; se incorpora el domicilio fiscal electrónico con plenos efectos de notificación; se amplían los sujetos obligados como solidarios; regula la facultad de embargar de la AFIP en cualquier momento sin límites precisos en retroceso de la ley vigente contra bienes del contribuyente y de los sujetos que aparecen como solidarios”, indicó el documento.
Y agregó: “Propone también una modificación del Tribunal Fiscal de la Nación que, restringe el efecto suspensivo de los recursos interpuestos en dicha sede en supuestos de improcedencia sin indicarlos”.
Según lo publicado por el portal iProfesional.com, la dirigencia industrial observó que “la reforma implica para el procedimiento tributario un verdadero retroceso en el reconocimiento del estándar de garantías del contribuyente”.
En el caso de precios de transferencia, la Unión Industrial Argentina aseveró que “no debería delegarse en el Poder Ejecutivo la creación de nuevos métodos de precios de transferencia ni sería razonable la utilización de comparables secretos como prueba en causas que tramiten en sede administrativa o judicial”.
“En el caso de los países de baja o nula tributación, la norma está definiendo los mismos atendiendo solamente a las alícuotas nominales, cuando muchas veces la no tributación se da por regímenes offshore o por legislaciones que ahuecan la base imponible", enfatizó la entidad.
"Proponemos que se tomen varias pautas objetivas para definir a estas jurisdicciones, que se aclare si se incluye el impuesto a la renta a nivel federal, provincial y municipal/cantonal y que se delegue en el poder ejecutivo la confección de un listado con vigencia hacia el futuro que las incluya taxativamente”, señalaron desde la cámara empresarial.
En cuanto al ajuste por inflación, la UIA advierte que se debe aplicar en forma completa tal como lo prevé la ley en todo su articulado y desde ese momento en adelante aun cuando la inflación se reduzca, a partir del primer ejercicio en que la inflación supere una pauta dada, que bien podría ser del 25 por ciento.