La Administración Federal de Ingresos Públicos profundizará los controles para que aquellos que hayan adquirido dólares –o cualquier otra moneda– para viajar al exterior y no hayan realizado el viaje, los devuelvan.
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AFIP pone la lupa sobre quienes compraron dólares para turismo y luego no viajaron
Según la normativa del Central, en caso de que un viaje no se concrete los contribuyentes deberán reintegrar los dólares adquiridos en un plazo de no más de 5 días, o atenerse a las penas que fija la Ley Penal Tributaria.
La norma establece que el infractor podrá ser obligado a pagar una multa de hasta diez veces el monto de la operación con la que se cometió la infracción, o incluso prisión de uno a cuatro años en caso de reincidencia.
Además, señala que en el caso de postergar un viaje, se otorgará un plazo de diez días para concretarlo.