La Administración Federal de Ingresos Públicos cambió las fechas de ingreso del segundo, tercero, cuarto y quinto anticipo correspondientes al período fiscal 2017 de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
- Somos Pymes >
- Tributario >
AFIP modificó vencimientos de Ganancias y Bienes Personales
Lo hizo a través de la Resolución General 4102-E publicada el miércoles en el Boletín Oficial, con la firma del titular del ente recaudador, Alberto Abad.
Los tributos deberán ser pagos en los meses de septiembre, octubre y diciembre de 2017; y marzo de 2018 respectivamente según este régimen:
CUIT terminado en 0, 1, 2 ó 3-Hasta el día 13 inclusive
CUIT terminado en 4, 5 ó 6-Hasta el día 14 inclusive
CUIT terminado en 7, 8 ó 9-Hasta el día 15 inclusive
La norma emitida por la AFIP modifica las Resoluciones Generales Nros. 4061-E, 4081-E y 4093-E.
Las mismas establecían plazos especiales para la presentación y pago de determinadas declaraciones juradas determinativas e informativas relacionadas con los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta del período fiscal 2016, así como para el ingreso del primer anticipo correspondiente al período fiscal 2017 de los referidos gravámenes.
"Es decisión institucional fijar para el mes de junio de cada año la fecha de presentación y, en su caso, pago de las declaraciones juradas determinativas de los citados impuestos", señaló el Gobierno a través de la resolución.
Y añadió: "en tal sentido, corresponde adecuar los plazos para el ingreso de los anticipos correspondientes al período fiscal 2017".
"Han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva", informó la Casa Rosada.
Más detalles en: https://goo.gl/5FX3wD