El Gobierno nacional extendió de 180 a 360 días el plazo de validez de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de productos agropecuarios, para oficializar los destinos de exportación para consumo, ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Establecen nuevo procedimiento para informar exportaciones de granos
La Resolución 171-E/2017 determinó que la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, dependiente de la Secretaría de Mercados Agroindustriales del Ministerio de Agroindustria será la encargada de registrar las DJVE.
Así sucede luego de que el 22 de junio pasado se disolviera la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (UCESI), que había reemplazado a la ONCCA.
La resolución de la cartera que conduce Ricardo Buryaile recuerda que el plazo de validez de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de 180 días había sido establecido en febrero pasado, pero entiende que existen “fundadas razones” para ampliarlo.
En ese entonces, el Gobierno tuvo la necesidad de “eliminar aquellos requisitos que directa o indirectamente impongan barreras o trabas para la exportación de los productos agrícolas" y de "otorgar previsibilidad al tratamiento tributario y aduanero de las operaciones a la fecha de cierre de cada venta".
En ese sentido, la medida tiene “el objetivo de permitir la formación de precios futuros y dotar de mayor previsibilidad en los márgenes esperados por el sector de la producción”, y restablece el plazo inicialmente previsto en la ley 21.453 de octubre de 1976, sobre normas para productos del sector agrícola.
Las declaraciones anticipadas de la cosecha 2017/18, dice la resolución, podrán registrarse desde el momento en que la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios comience a publicar valores FOB oficiales de los distintos productos para cada período de embarque.
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