En todo el país, deberán emplear desde 2013 a cinco trabajadores como mínimo y no podrán establecer jornadas laborales superiores a las ocho horas por empleado, de acuerdo a una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
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Lavaderos de autos tendrán que contratar como mínimo cinco empleados
En los tres tipos de lavaderos se deberá sumar a un empleado más si el comercio posee un sector destinado a la espera, donde se ofrezca algún tipo de refrigerio o comidas, según la resolución oficial.
La remuneración a computar se estableció conforme al Convenio Colectivo de Trabajo N° 427/05 o para las provincias de Santa Fe y Córdoba los Convenios Colectivos de Trabajo N° 345/02 y N° 58/89 respectivamente.
Monto correspondiente a la base establecida por las Resoluciones de la Secretaría de Trabajo perteneciente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para el cálculo del tope indemnizatorio, vigente en cada período involucrado y para cada uno de los convenios colectivos mencionados.