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Oficializan una serie de medidas para evitar lavado de activos

21 de octubre de 2016 - 18:10

A partir de ahora, los bancos deberán aplicar "procedimientos, tecnología y controles" para "verificar la identidad" de personas que quieran abrir cajas de ahorro por medios electrónicos.

Así lo dispuso el Banco Central a partir de una serie de circulares publicadas en el Boletín Oficial, las entidades financieras tendrán que "conservar por 10 años constancias escritas" del cierre de cuentas de clientes sospechados de lavado de activos.

Además, la autoridad monetaria dispuso que frente a "la apertura de cajas de ahorro a no clientes a través de medios electrónicos", los bancos "deberán asegurarse el cumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos".

También, comunicó que las entidades financieras "deberán adoptar procedimientos, tecnología y controles que permitan verificar la identidad del solicitante y la autenticidad de los datos recibidos".

En este nuevo esquema, los bancos tendrán que "suministrar los datos del cliente para su identificación cuando sea requerida por otra entidad financiera".

Más detalles en: https://goo.gl/ebJ8OX
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