ver más
Condiciones

Condiciones para ingresar al blanqueo de capitales

6 de septiembre de 2016 - 12:28

La Administración Federal de Ingresos Públicos realizó modificaciones para que los interesados accedan al Régimen de Sinceramiento Fiscal, según la resolución 3935 publicada en el Boletín Oficial.

El ente recaudador efectuó cambios para adherir al régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras, cuyas presentaciones deberán hacerse hasta el 31 de marzo del 2017.

En esete marco, se agregan a la moratoria las obligaciones emergentes de declaraciones juradas determinativas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, que se presenten con posterioridad al 31 de mayo de 2016, por períodos fiscales vencidos a esa fecha.

También se dispuso que cuando se trate de deudas en ejecución judicial, una vez acreditada la adhesión al régimen, firme la resolución judicial y una vez regularizada en su totalidad la deuda demandada, la AFIP solicitará al juez interviniente el archivo de las actuaciones.

Cuando la solicitud resulte anulada o se declare el rechazo se proseguirá con las acciones destinadas al cobro de la deuda y, en caso de caducidad del plan de facilidades por cualquier causa, el ente recaudador iniciará la correspondiente ejecución fiscal por el saldo adeudado.

También precisa la reglamentación que la adhesión al régimen se considerará aceptada en tanto se cumpla con el ingreso del pago a cuenta o la cancelación del pago al contado de la deuda.

Asimismo, indica que la adhesión al régimen implicará para el sujeto interesado el reconocimiento de la deuda incluida en los planes de facilidades de pago.

Además, se dispensa a los funcionarios de la AFIP de efectuar la denuncia penal contra aquellos responsables que regularicen las obligaciones comprendidas en el régimen.

Más detalles en: http://goo.gl/NC5PXf

Temas
Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar