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Tarifas

La discusión por las tarifas del gas llegará finalmente a la Corte Suprema

4 de agosto de 2016 - 16:38

La Cámara Federal de la Plata decidió conceder la apelación al Gobierno nacional para que pueda recurrir al máximo tribunal, en busca de efectivizar los aumentos autorizados previamente en la facturación del servicio, pero no anuló su fallo de principios de julio y la suspensión del ajuste aún persiste.

El jueves, la Sala II de la Cámara dio lugar al recurso del Poder Ejecutivo para que el caso llegue a la Corte Suprema de Justicia, con efecto "devolutivo", por lo que se mantiene el fallo emitido en julio.

Semanas atrás, el cuerpo colegiado que integran los jueces César Álvarez y Leopoldo Schifrrin, decidió conceder el recurso para que el caso ahora quede en poder del máximo Tribunal.

Tras el fallo de primera instancia, el Gobierno apeló y reclamó a la Cámara que resuelva en su favor con efecto suspensivo hasta tanto falle la Corte Suprema de Justicia, para que se pueda aplicar los incrementos de hasta un 400%.

Por su parte, los demandantes, el diputado Walter José Abarca y David Omar Gutiérrez reclamaron que la apelación fuese en términos devolutivos, para mantener preventivamente la suspensión de las tarifas.

Al respecto, el Ministerio de Energía y Minería subrayó que "la sentencia atacada se sustentó en afirmaciones dogmáticas, con fundamento sólo aparentes, sin base en los hechos de la causa y en el derecho vigente".

Y ahora, lo camaristas remarcaron: "Debido a la transcendencia y gravedad de la materia debatida -servicio público esencial- existe un interés público comprometido en el caso, lo que hace que la resolución apelada deba considerarse como equiparable a la definitiva".

"En ese contexto, cabe señalar que toda vez que, en el caso, se encuentra en juego el alcance e interpretación de normas federales y la decisión ha sido contraria a las pretensiones que los recurrentes basaron en ellas, corresponde conceder los recursos extraordinarios deducidos en autos y elevar la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación", aclara el nuevo fallo.

Y agrega: "Debido a la naturaleza de la resolución atacada (materia cautelar) es aplicable la doctrina uniforme de esta Sala en el sentido que prevalece el efecto devolutivo con que cabe otorgar el recurso contra el aseguramiento cautelar".

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