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Deuda

Aumenta la toma de deuda del Gobierno para financiar las cuentas públicas

27 de junio de 2016 - 12:19

El Poder Ejecutivo nacional dispuso la emisión de dos Letras del Tesoro, por un monto total cercano a los 700 millones de dólares, ambas a 364 días de plazo, en el marco del programa financiero planteado para este año.

Una de las Letras será suscripta por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) que controla la ANSeS, por 660.550.000 millones de dólares, y la otra por el Fondo Argentino de Hicrocarburos, por 36.906.906.839 millones de dólares.

Así se reglamentó mediante una resolución conjunta de las Secretarías de Hacienda y Finanzas, publicada en el Boletín Oficial.

La Letra a ser suscripta por el FGS tiene las siguientes características:

_Fecha de emisión: 24 de junio de 2016.
_Forma de colocación: suscripción directa.
_Moneda de suscripción: Pesos, al tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central en función de la Comunicación "A" 3500 correspondiente al 23 de junio de 2016.
_Moneda de pago: Dólares estadounidenses.
_Plazo: 364 días.
_Intereses: devengará intereses a una tasa del 4,20% nominal anual, que serán pagaderos al vencimiento, y se calcularán sobre la base de los días efectivamente transcurridos y un año de 365 días.
_Amortización: íntegra al vencimiento.
_Negociación: la Letra del Tesoro será transferible y se solicitará el alta de cotización en los mercados de valores locales.

Por su parte, la Letra a ser suscripta por el Fondo Argentino de Hidrocarburos tiene estas condiciones:

_Fecha de emisión: 24 de junio de 2016.
_Forma de colocación: suscripción directa.
_Moneda de suscripción: Pesos, al tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central en función de la Comunicación "A" 3500 correspondiente al 5 de junio de 2016, que asciende a 13,7568 pesos por cada Dólar Estadounidense.
_Moneda de Pago: Dólares Estadounidenses.
_Plazo: 364 días.
_Intereses: devengará intereses a una tasa del 4% nominal anual, que serán pagaderos al vencimiento, y se calcularán sobre la base de los días efectivamente transcurridos y un año de 365 días.
_Amortización: íntegra al vencimiento.
_Opción de precancelación: El emisor podrá disponer la cancelación anticipada de la Letra del Tesoro en forma total o parcial a partir del 23 de diciembre de 2016.
_Negociación: la Letra del Tesoro será intransferible y no tendrá cotización en los mercados de valores locales e internacionales.

Más detalles en: https://goo.gl/JLTpTm y https://goo.gl/OX1CXR

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