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Régimen impositivo

Diseñan nuevo régimen impositivo para la transferencia de futbolistas

30 de mayo de 2016 - 12:00

La AFIP estableció un sistema de información impositiva para los clubes de fútbol de "Primera A" y el "Nacional B", en busca de impedir que se sigan produciendo operaciones "inusuales o sospechosas" en los pases de los jugadores.

El nuevo esquema fue dispuesto mediante una resolución general publicada el viernes en el Boletín Oficial.

"Establécese un régimen de información y registración respecto de las contrataciones, rescisiones, desvinculaciones, transferencias y/o cesiones totales o parciales, definitivas o temporarias de los derechos federativos y/o económicos de los jugadores de fútbol profesional, incluidos aquéllos contratos laborales de jugadores provenientes de divisiones inferiores o juveniles", apunta el primer artículo del texto oficial.

En la misiva, se informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos determinó que el régimen deberá ser cumplido por los clubes de las Divisiones "Primera A" y "Nacional B", o las que en el futuro las reemplacen o sustituyan, que intervienen en los torneos organizados por la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

En ese sentido, los clubes deberán informar y registrar las siguientes operaciones económicas:

_Transferencias y/o cesiones de derechos federativos y/o económicos definitivas o temporarias, totales o parciales, a título oneroso o gratuito , efectuadas a entidades deportivas del país o del exterior.

_Contratos que involucren jugadores en libertad de contratación o provenientes de entidades deportivas no obligadas por el presente régimen.

_Primer contrato profesional de jugadores, cualquiera sea la modalidad o instrumentación del mismo.

_Renovaciones y rescisiones de contratos, como también las desvinculaciones de cualquier índole de los jugadores de fútbol de las entidades deportivas, con prescindencia de la modalidad y forma de instrumentación que se adopte.

_La obligación de registración e información recaerá sobre la entidad deportiva que transfiera los derechos federativos o ceda los derechos económicos.

El ente recaudador especificó que la obligación de informar y registrar las operaciones deberá ser cumplida dentro del término de 15 días corridos contados a partir de la fecha de los contratos o las modificaciones a éste.

Asimismo, puntualizó que los clubes están obligados a actualizar y confirmar la nómina de jugadores al inicio del torneo de cada temporada, dentro del plazo de 15 días corridos de iniciado el mismo.

"Cuando una entidad deportiva se incorpore como agente de información por haber ascendido a la División "Nacional B" o a la que en el futuro la reemplace o sustituya, deberá suministrar la primera información respecto de la nómina de jugadores, dentro de los 20 días corridos del inicio del primer torneo en dicha división", detalló la entidad que conduce Alberto Abad.

Y precisó que en el supuesto que una entidad deportiva descienda de la División "Nacional B", o deje de participar en torneos de la misma, "deberá informar la situación de cada jugador, dentro de los 30 días corridos de producida dicha circunstancia".

El ente recaudador señaló que "cuando se detecten operaciones que puedan ser reputadas como de triangulación económica, de opacidad fiscal, inusuales o sospechosas, sin perjuicio de las acciones determinativas de los tributos omitidos y sanciones respectivas, serán de aplicación las previsiones" de la Unidad de Información Financiera.

Más detalles en: https://goo.gl/ivcXnE

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