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CNV

La CNV se pone a la par de las nuevas categorías Pymes

19 de abril de 2016 - 18:20

En virtud de la Resolución 11/16 de la Secretaria de Emprendedores y Pequeñas y Medianas Empresas, la cual actualizó y categorizó a las micro, pequeñas y medianas empresas-, la Comisión nacional de Valores modificó sus normas.

Lo hizo para adecuarlas a los nuevos importes de referencia establecidos por la SEPYME, incluso con relación al encuadre de la actividad desarrollada, que debe ser productiva, de cara a la participación en el mercado de capitales.

Los cambios se reglamentaron a través de la Resolución General 659/16, actualizando los valores máximos de las ventas totales anuales establecidos para las PYMES CNV en el artículo 1° del Capítulo VI del Título II de las Normas (N.T. 2013 y mod.).

Asimismo, en cuanto a la constitución de las empresas, amplió el alcance de la definición de PYMES CNV.

De esta manera, se adecuaron los montos de los ingresos totales anuales por ventas de las PYMES CNV y se reformuló la definición de PYMES CNV.

Ahora se podrán considerar como tales a las empresas que desarrollen actividades productivas en el país, en pos del acceso al mercado de capitales.

El Artículo 1 de la norma dice: "Se entiende por Pequeñas y Medianas Empresas CNV (PYMES CNV) al sólo efecto del acceso al mercado de capitales, a las empresas que desarrollen actividades productivas en el país cuyos ingresos totales anuales expresados en pesos no superen los valores establecidos en el cuadro siguiente:

Sector:

_Agropecuario-$160.000.000

_Industria y Minería-$540.000.000

_Comercio-$650.000.000

_Servicios-$180.000.000

_Construcción-$270.000.000

A los efectos de clasificar sectorialmente al interesado se adopta el "Codificador de Actividades" aprobado por la Resolución AFIP N° 485/99 y sus modificaciones, lo que deriva en el cuadro que se detalla a continuación:

Sector:

_Agropecuario-A y B

_Industria y Minería-C, D, K sólo actividad 72, O act. 92 códigos 921110 al 921990

_Comercio-G

_Servicios-E, H, I, J, resto de K, M, N, resto de O

_Construcción-F

La pertenencia de las empresas respecto de los sectores establecidos en el cuadro previo se establecerá de manera que la misma refleje la realidad económica de las actividades desarrolladas por la empresa.

En consecuencia, cuando una empresa tenga ventas por más de uno de los sectores de actividad establecidos en el presente artículo, se considerará aquel sector de actividad cuyo ingreso haya sido el mayor".

Más detalles en: https://goo.gl/7N6FGb

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