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Corte Suprema

La Corte Suprema evitó dar definiciones sobre la constitucionalidad del cepo cambiario

8 de marzo de 2016 - 17:22

El máximo Tribunal de Justicia de la Nación se declaró "abstracto" respecto del proceso referido a la validez de la medida impulsada por el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner desde el 2011 al 2015.

"Con el dictado de la comunicación A 5850 del Banco Central de la República Argentina, de fecha 17 de diciembre de 2015, ha devenido abstracta la cuestión debatida en las presentes actuaciones", explica el fallo firmado por los ministros de la Corte Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y Juan Carlos Maqueda.

La Comunicación "A" 5850 le sirvió a la administración macrista para dar por terminado el cepo a la compra de dólares impuesto hace cuatro años.

La presentación para que se determinara la constitucionalidad de la iniciativa había sido realizada hace dos años.

El objetivo de la misma era que se declarara la inconstitucionalidad del cepo, y se permitiera la compra de moneda extranjera a los accionantes judiciales.

La Procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, y su adjunta, Irma García Netto, se habían pronunciado en dos dictámenes a favor de mantener las restricciones cambiarias, con el argumento que las decisiones en materia de política económica corresponden al Poder Ejecutivo.

Ahora, la Corte se pronunció sobre un caso planteado por los padres de un menor de edad, quien recibió una indemnización por un accidente y el dinero, en pesos, quedó depositado en una cuenta judicial hasta que cumpla los 18 años.

Los representantes legales del menor reclamaron que se constituyera un plazo fijo en dólares para preservar el valor patrimonial.

Luego de que el nuevo Gobierno liberara el cepo cambiario, la Corte declaró "abstracto" el planteo de los representantes del niño porque ya no hay restricciones para la compra de moneda extranjera.

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