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Empresas ya tienen a disposición el plan de pagos "permanente" de AFIP

10 de febrero de 2016 - 17:03

La Administración Federal de Ingresos Públicos ya puso en marcha la iniciativa que permite cancelar deudas impositivas y de seguridad social, la cual rige para empresas, trabajadores autónomos y monotributistas.

La nueva operatoria fue reglamentada a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.

A través de la misma, el ente recaudador informó que el objetivo de la medida oficial es "facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento voluntario de sus obligaciones, impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo del organismo".

"Para la consecución de ese objetivo, resulta procedente implementar, con carácter permanente, un régimen de facilidades de pago que permita regularizar las obligaciones así como sus intereses y multas, sin que ello implique condonación total o parcial de las deudas o liberación de las pertinentes sanciones o cargos suplementarios", remarcó AFIP.

El texto de la norma detallla que el plan es aplicable para la cancelación total o parcial de "obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas, multas impuestas y cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones, así como sus intereses y actualizaciones".

Se incluyen "los saldos pendientes por obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos, los aportes personales de los trabajadores autónomos, los aportes al régimen jubilatorio, el monotributo, los ajustes por fiscalizaciones de la AFIP y las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane incondicionalmente".

El ente recaudador informó que están excluidos, entre otros, el IVA por prestación de servicios en el exterior; los aportes y contribuciones para obras sociales (excepto los de los monotributistas); las cuotas destinadas a las ART; los aportes y contribuciones del régimen especial para el servicio doméstico; los aportes de monotributo previos a junio de 2004; lo aportes del régimen de peones rurales y el impuesto a los cigarrillos.

La resolución especifica que también quedan afuera los ciudadanos imputados penalmente.

El organismo que conduce Alberto Abad aclaró que los planes de pago no conllevan "reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios", ni se liberarán las sanciones o cargos suplementarios.

Desde ahora, se podrán financiar hasta en 3 cuotas los aportes de trabajadores en relación de dependencia; hasta en 6 cuotas las obligaciones impositivas y de seguridad social; hasta en 20, las obligaciones por autónomos y monotributistas, y hasta en 24 cuotas la deuda generada por ajustes de inspección.

La resolución aclaró que la cuota mínima será de 500 pesos para autónomos y monotributistas, y de mil pesos para el resto de los planes.

Con esta nueva variante impulsada por AFIP, la financiación será a tasa fija, pero la tasa inicial se actualizará mensualmente el 20 de cada mes, con valores de marcado, tomando como referencia la tasa pasiva nominal anual del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días más 2 puntos para pequeños contribuyentes con ingresos hasta $91 millones anuales, y más 6 puntos para quienes tengan una facturación mayor.
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