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AFIP reglamentó la moratoria previsional para trabajadores autónomos

23 de septiembre de 2014 - 17:47

La Administración Federal de Ingresos Públicos oficializó la iniciativa que permitirá cancelar deudas mediante un pago único y definitivo, o un plan que tendrá un máximo de 60 cuotas a una tasa mensual del 1,35%.

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el ente recaudador estableció que el importe de los pagos no podrá ser inferior a 150 pesos.

Podrán acceder a la moratoria los autónomos que tengan deudas devengadas hasta diciembre de 2003 y que se hayan presentado al plan hasta el 18 de septiembre de 2016. El plan de facilidades de pago está disponible en la página web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar/home/index.html).

En la resolución publicada este martes, el organismo que conduce Ricardo Echegaray detalló que el pago único y definitivo de la deuda consolidada o de la primera cuota del plan de facilidades de pago y las siguientes, vencerá el 22 de cada mes o, de ser feriado o no laborable, el primer día hábil inmediato siguiente, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se realizó la adhesión.

Además, la cancelación del pago único y definitivo o de las cuotas, deberá efectuarse de la siguiente manera: depósito en sucursal bancaria o entidades habilitadas, o bien por transferencia electrónica de fondos, según la resolución oficial.

La AFIP también estableció que el plan de facilidades de pago caducará de pleno derecho y sin necesidad que medie intervención alguna por parte de ese organismo, cuando se produzca alguna de las siguientes causales:

_La falta de pago total o parcial de seis cuotas consecutivas o alternadas, a la fecha de vencimiento de la sexta de ellas.

_La falta de pago total o parcial de una cuota, a los 90 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan de facilidades.

"Operada la caducidad, este organismo dispondrá la prosecución de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado", comunicó AFIP.
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