La "Nueva regulación de las relaciones de producción y consumo" -la cual fue sancionada esta madrugada en la Cámara de Diputados- actualiza las sanciones previstas en la Ley de Abastecimiento de 1974.
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Detalles de la nueva Ley de Abastecimiento
La iniciativa prevé que, frente a situaciones de desabastecimiento o escasez, el Poder Ejecutivo podrá disponer su producción aún a pérdida de la unidad económica, pudiendo esta pedir una compensación.
La autoridad de aplicación deberá requerir autorización judicial para sancionar con inhabilitación especial o clausura temporal.
También, se podrá llevar adelante la clausura "inmediata" de la empresa por cuestiones de infracción gravísimas, prorrogable por hasta tres meses sólo con autorización judicial.
Asimismo, las empresas deberán informar a la autoridad de aplicación sobre sus costos y ganancias, pero esta no podrá difundirlos.
En tanto, el proyecto que crea el Observatorio de Precios establece que ese organismo será el encargado del monitoreo, relevamiento y sistematización de los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en Argentina.
Finalmente, otra de las iniciativas es la que crea en el ámbito del Poder Judicial el servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC), donde los usuarios y consumidores podrán presentar sus reclamos en forma gratuita, y éstos deberían ser solucionados en un plazo de 30 días.
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