El máximo Tribunal declaró la nulidad del convenio establecido entre la firma Gate Gourmet y el sindicato de Choferes de Camiones y desestimó así una apelación que había hecho el grmeio conducido por Hugo Moyano.
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La Corte Suprema dejó sin efecto acuerdo entre Camioneros y una firma de catering
El cuerpo entendió que si el Sindicato de Choferes de Camiones pretendía que se le reconociera la aptitud para representar a una parte del personal de Gate Gourmet tenía que iniciar el trámite de encuadramiento sindical específicamente previsto en el art. 59 de la Ley 23.551 de asociaciones profesionales.
Sin arrogarse de hecho una representación que durante muy largo tiempo fue pacíficamente asumida por otra entidad gremial.
Esta última decisión de la cámara quedó firme con el fallo dictado por la Corte Suprema.