Las operaciones realizadas a través de billeteras virtuales dejarán de estar alcanzadas por las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia de Misiones a partir del 1 de agosto.
Misiones excluyó las retenciones de Ingresos Brutos para operaciones con billeteras virtuales
La medida que beneficia a pequeños contribuyentes entrará en vigencia desde el 1 de agosto.
La medida fue anunciada por el gobernador Hugo Passalacqua y formalizada mediante el Decreto 936.
Retenciones de Ingresos Brutos
El objetivo del anuncio es fomentar la economía digital y aliviar la presión fiscal sobre los pequeños contribuyentes.
La iniciativa estipula que quedarán exceptuadas de las retenciones anticipadas aquellas acreditaciones mensuales que no superen los $2.184.404.
Este monto se tomó como referencia por ser el equivalente al límite vigente de la Categoría D del Monotributo.
De esta manera, quienes operen por debajo de ese límite recibirán sus transferencias de forma íntegra.
En caso de superar dicho umbral, las operaciones continuarán alcanzadas por el régimen de recaudación vigente, conforme a los parámetros tributarios actuales.
La disposición entrará en vigencia en agosto y se estima que beneficiará a casi 200.000 misioneros, entre usuarios particulares, trabajadores independientes, emprendedores y pequeños operadores económicos que utilizan billeteras virtuales como herramienta habitual para realizar cobros, pagos y transferencias.
Los argumentos de Misiones
Luego del anuncio, Passalacqua señaló: “Sabemos que las billeteras virtuales constituyen herramientas esenciales en la dinámica de la economía real, facilitando la operatividad de los sectores comerciales, de servicios y de la economía familiar”.
Y recordó que “la Provincia tiene como prioridad resguardar el valor patrimonial y la liquidez de los recursos de los contribuyentes”.
Asimismo, explicó que “el objetivo de esta medida es neutralizar las retenciones para operaciones de escala menor, garantizando la percepción íntegra de las transferencias recibidas en dichos mecanismos electrónicos”.
“Los pequeños contribuyentes, emprendedores y usuarios de billeteras virtuales dispondrán de mayor capital de trabajo de manera inmediata”, completó.
El gobernador anticipó que “la decisión contribuirá a mejorar el flujo de fondos de quienes utilizan estos medios de pago, fortaleciendo su capacidad de consumo, reinversión productiva y sostenimiento de actividades económicas”.
La normativa instruye al Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos y a la Dirección General de Rentas a implementar los mecanismos necesarios para excluir del Régimen de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA) a aquellos usuarios cuyas acreditaciones mensuales en billeteras virtuales y proveedores de servicios de pago no superen los parámetros establecidos por la Provincia.
Además, faculta al Ministerio de Hacienda a actualizar periódicamente los parámetros de exclusión, de acuerdo con la evolución de la realidad económica y social de la provincia, “garantizando la protección de los contribuyentes de menor capacidad contributiva y la eficiencia del sistema tributario”.